miércoles, 14 de diciembre de 2011

Presentación

¡Hola a todos los lectores!

Somos un grupo de estudiantes de Magisterio formado por tres chicos, nuestros nombres son: Álvaro, Javier y Aitor.

Hemos tenido que crear este blog para la asignatura de ORGANIZACIÓN DEL CENTRO ESCOLAR, en él abordaremos el tema de "La educación para adultos".
El motivo de la elección de este tema es que nos ha parecido un tema interesante y con mucho contenido a desarrollar, ya que pensamos que es una practica en alza y a la cual cada vez se le da mas importancia.
Iremos poco a poco añadiendo contenidos al blog.

EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS DENTRO DENTRO DEL MARCO LEGAL.

Artículo 66. Objetivos y principios.

1. La educación de personas adultas tiene la finalidad de ofrecer a todos los mayores de dieciocho años la posibilidad de adquirir, actualizar, completar o ampliar sus conocimientos y aptitudes para su desarrollo personal y profesional.

2. Para el logro de la finalidad propuesta, las Administraciones educativas podrán colaborar con otras Administraciones públicas con competencias en la formación de adultos y, en especial, con la Administración laboral, así como con las corporaciones locales y los diversos agentes sociales.

3. La educación de personas adultas tendrá los siguientes objetivos:

a. Adquirir una formación básica, ampliar y renovar sus conocimientos, habilidades y destrezas de modo permanente y facilitar el acceso a las distintas enseñanzas del sistema educativo.

b. Mejorar su cualificación profesional o adquirir una preparación para el ejercicio de otras profesiones.

c. Desarrollar sus capacidades personales, en los ámbitos expresivos, comunicativo, de relación interpersonal y de construcción del conocimiento.

d. Desarrollar su capacidad de participación en la vida social, cultural, política y económica y hacer efectivo su derecho a la ciudadanía democrática.

e. Desarrollar programas que corrijan los riesgos de exclusión social, especialmente de los sectores más desfavorecidos.

f. Responder adecuadamente a los desafíos que supone el envejecimiento progresivo de la población asegurando a las personas de mayor edad la oportunidad de incrementar y actualizar sus competencias.

g. Prever y resolver pacíficamente los conflictos personales, familiares y sociales. Fomentar la igualdad efectiva de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, así como analizar y valorar críticamente las desigualdades entre ellos.

4. Las personas adultas pueden realizar sus aprendizajes tanto por medio de actividades de enseñanza, reglada o no reglada, como a través de la experiencia, laboral o en actividades sociales, por lo que se tenderá a establecer conexiones entre ambas vías y se adoptarán medidas para la validación de los aprendizajes así adquiridos.

Artículo 67. Organización.

1. Además de las personas adultas, excepcionalmente, podrán cursar estas enseñanzas los mayores de dieciséis años que lo soliciten y que tengan un contrato laboral que no les permita acudir a los centros educativos en régimen ordinario o sean deportistas de alto rendimiento. Podrán incorporarse a la educación de personas adultas quienes cumplan dieciocho años en el año en que comience el curso.

2. La organización y la metodología de las enseñanzas para las personas adultas se basarán en el autoaprendizaje y tendrán en cuenta sus experiencias, necesidades e intereses, pudiendo desarrollarse a través de la enseñanza presencial y también mediante la educación a distancia.

3. Las Administraciones educativas podrán promover convenios de colaboración para la enseñanza de personas adultas con las universidades, corporaciones locales y otras entidades públicas o privadas. En este último supuesto, se dará preferencia a las asociaciones sin ánimo de lucro. Estos convenios podrán, asimismo, contemplar la elaboración de materiales que respondan a las necesidades técnicas y metodológicas de este tipo de enseñanzas.

4. Igualmente, corresponde a las Administraciones educativas promover programas específicos de aprendizaje de la lengua castellana y de las otras lenguas cooficiales, en su caso, así como de elementos básicos de la cultura para facilitar la integración de las personas inmigrantes.

5. En la educación de personas adultas se prestará una atención adecuada a aquellas que presenten necesidad específica de apoyo educativo.

6. En los establecimientos penitenciarios se garantizará a la población reclusa el acceso a estas enseñanzas.

7. Las enseñanzas para las personas adultas se organizarán con una metodología flexible y abierta, de modo que respondan a sus capacidades, necesidades e intereses.

8. Las Administraciones educativas estimularán la realización de investigaciones y la difusión de prácticas innovadoras en el campo de la educación de las personas adultas, con objeto de permitir el desarrollo de nuevos modelos educativos y la mejora continua de los existentes.

Artículo 68. Enseñanza básica.

1. Las personas adultas que quieran adquirir las competencias y los conocimientos correspondientes a la educación básica contarán con una oferta adaptada a sus condiciones y necesidades.

2. Corresponde a las Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, organizar periódicamente pruebas para que las personas mayores de dieciocho años puedan obtener directamente el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, siempre que hayan alcanzado las competencias básicas y los objetivos de la etapa.

Artículo 69. Enseñanzas postobligatorias.

1. Las Administraciones educativas promoverán medidas tendentes a ofrecer a todas las personas la oportunidad de acceder a las enseñanzas de bachillerato o formación profesional.

2. Corresponde a las Administraciones educativas adoptar las medidas oportunas para que las personas adultas dispongan de una oferta específica de estos estudios organizada de acuerdo con sus características.

3. Igualmente, corresponde a las Administraciones educativas organizar la oferta pública de educación a distancia con el fin de dar una respuesta adecuada a la formación permanente de las personas adultas. Esta oferta incluirá el uso de las tecnologías de la información y la comunicación.

4. Las Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, organizarán periódicamente pruebas para obtener directamente el título de Bachiller o alguno de los títulos de formación profesional, siempre que demuestren haber alcanzado los objetivos establecidos en los artículos 33 y 40, así como los fijados en los aspectos básicos del currículo respectivo. Para presentarse a las pruebas para la obtención del título de Bachiller se requiere tener veinte años; dieciocho para el título de Técnico, veinte para el de Técnico Superior o, en su caso, diecinueve para aquéllos que estén en posesión del título de Técnico.

5. Los mayores de diecinueve años de edad podrán acceder directamente a las enseñanzas artísticas superiores mediante la superación de una prueba específica, regulada y organizada por las Administraciones educativas, que acredite que el aspirante posee la madurez en relación con los objetivos del bachillerato y los conocimientos, habilidades y aptitudes necesarios para cursar con aprovechamiento las correspondientes enseñanzas.

6. Las personas mayores de 25 años de edad podrán acceder directamente a la Universidad, sin necesidad de titulación alguna, mediante la superación de una prueba específica.

Artículo 70. Centros.

Cuando la educación de las personas adultas conduzca a la obtención de uno de los títulos establecidos en la presente Ley, será impartida en centros docentes ordinarios o específicos, debidamente autorizados por la Administración educativa competente.

Gráfico Comparativo

Este es un gráfico comparativo entre los tantos por ciento de estudiantes (entre 25 y 64 años) de las diferentes comunidades autonomas de españa.
http://www.educacion.gob.es/dctm/ministerio/horizontales/estadisticas/indicadores-publicaciones/cifras/2011/cifrasd11-11.pdf?documentId=0901e72b8085898d

La educación permanente como marco.

La educación permanente es un proceso formativo que prolonga la educación de la persona a lo largo de toda su vida, esta educación debe tener un carácter unítario el cual abarque todas las dimensiones de la vida, todas las ramas del saber y todos los conocimientos prácticos que desarrollen la personalidad del individuo.

Fauré expone que para lograr unos fines educativos tan ambiciosos como puede ofrecer la educación permanente se deben de usar toda clase de instituciones educativas, economicas o sociales... Con estas premisas, Fauré propone una reestructuración total de las ensañanzas dentro del siguiente enfoque general:


  • Una educacion de los niños en su edad temprana.
  • Una enseñanza elemental y múltiple para cualquier edad, cuya finalidad será inculcar conocimientos básicos, enseñar a percibir el mundo y a desarrollar el sentido crítico…
  • Una enseñanza postelemental que tenga por objetivo preparar al adolescente para la vida activa.
  • Una enseñanza supeiror multiforme que sea accesible para cualquier edad.
  • Una educacion para todas las edades de la vida que se adapta a las necesidades cambiantes de cada persona.

E.Secundaria para adultos en Andalucia

¿Quienes se pueden matricular?
Cualquier residente en Cádiz o provincia que tenga 18 años cumplidos al 31 de
diciembre del curso académico en que se formaliza la matrícula. En casos
especiales se podrán matricular con 16 años (véase B.O.J.A. nº 32 de 16 de marzo
de 2002. Decreto 101/2002) (condición de trabajador o trabajadora, deportista
profesional o de alto rendimiento, encontrarse en situación personal extraordinaria
de enfermedad, discapacidad física o cualquier otra situación de carácter
excepcional que le impida realizar las enseñanzas en régimen ordinario).

¿Qué materias hay en la ESA?
La ESA se estructura en cinco Campos de Conocimiento:
· Área de la Comunicación (Lengua Castellana y Literatura, Idioma).
· Área de Matemáticas .
· Área de la Naturaleza (Ciencias Naturales, Física y Química) .
· Área de la Sociedad. (Ciencias Sociales, Geografía e Historia).
· Área de Desarrollo Social y Funcional.


Yo, a mi edad, soy estudiante

martes, 13 de diciembre de 2011


Pocos años atrás, una encuesta realizada afirmaba que más de la mitad niños entre los 9 y los 14 años no realizan ninguna deporte colectivo o individual fuera del marco escolar, el problema es que la educación física desaparece del curriculum oficial de estudio en primero de bachillerato, a partir de ese curso la educación física no forma parte de la educación formal, a no ser en estudios como: Magisterio, TAFAD, INEF. Sorprende entonces, que con el acechante problema de la obesidad (España es el país de la unión europea con la tasa de obesidad más alta) el tabaquismo y la vida sedentaria que impera en la sociedad, se olvide la educación física a los 16 o 17 años.
Tal y como ocurre en el resto del mundo, el porcentaje de personas obesas en España está aumentando cada año. Esto se debe a los cambios en la forma de vida de los españoles, es decir, a la vida ajetreada, al estrés, al poco tiempo que tienen para realizar actividades físicas y al poco tiempo que tienen para cocinar y comer que les hace alimentarse mal, con comida basura, con snacks y golosinas para engañar el hambre. Por lo tanto, una actividad física regular, unida a una buena dieta puede permitirnos controlar este problema. A continuación os dejo varios links en los que podemos encontrar o diseñar nuestro propio plan de entrenamiento:

viernes, 2 de diciembre de 2011

Marco histórico

Para desarrollar este breve acercamiento a la historia de la educación de personas adultas en España hemos creído conveniente optar por un desarrollo cronológico, apuntando las normas legislativas más significativas y resaltando aquellas entidades y personalidades que destacaron en las propuestas de la educación permanente en nuestro país.


Se suele considerar al siglo XVIII como el punto de partida de una Historia que tuvo otros momentos anteriores, pero durante el Siglo de las Luces los “ilustrados” y los “amigos del país” se ocuparán en buena medida de la instrucción pública.



SIGLO XIX


El primer acontecimiento significativo en nuestra historia de la educación de personas adultas la encontramos en el denominado Informe Quintana, presentado a las Cortes de Cádiz en 1813. El Informe era el paso previo a una Ley que contemplaba la educación de las mujeres. El rey Fernando VII truncó con su absolutismo todo elemento modernizador.

El 20 de junio de 1821 se aprobó el Reglamento General de Instrucción. Por primera vez aparece el término educación de adultos

La ley de 9 de septiembre de 1857 o Ley Moyano, dictaminó las lecciones de los domingos o nocturnas para los adultos

Otro proyecto frustrado, la Constitución Federal de la República española de 1873, mencionaba la obligación de mantener escuelas de niños y de adultos.

Conviene citar las experiencias educativas que se desarrollaron durante el XIX y que abarcan un amplio arco ideológico y religioso: Ateneos obreros; los Patronatos de la Juventud Obrera del padre Vicent en Valencia; el padre Manjón, que creó las clases de niños y niñas y en horario nocturno las clases para adultos; las escuelas nocturnas parroquiales para obreros...

La más famosa y reconocida obra pedagógica española, la Institución Libre de Enseñanza desarrolló múltiples actividades que incidieron en la ecuación de adultos: Asociación para la enseñanza de la Mujer; el Museo Pedagógico; la Junta para la Ampliación de Estudios; la Residencia de Estudiantes; el Instituto Escuela; la Escuela Superior de Magisterio; las Misiones Pedagógicas

Las Universidades Populares, siguiendo el modelo de Cambridge de 1873, nacieron en España con la Universidad Popular de Oviedo en 1896. Con gran rapidez esta propuesta se extendió por el resto de España. Entre los intelectuales que trabajaron en ellas cabe citar a Blasco Ibáñez, Leopoldo Alas y Antonio Machado.


SIGLO XX


En la historia de la educación de personas adultas durante el siglo XX se consideran los siguientes periodos:


a. 1900-1930:


Se crea en 1900 el Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes. Se promulgan decretos que regulan las clases para adultos y jóvenes. En 1910 se crea la primera Escuela del Hogar y Profesional de la Mujer. Igualmente se ha destacar la experiencia de Núñez de Arenas y la Escuela Nueva, así como la importantísima Escuela Moderna del injustamente olvidado por la escuela pública Ferrer i Guardia.


b. 1931-1936:


La educación durante la Segunda República fue uno de los pilares en los que se asentó el propósito reformador y modernizador de los gobiernos progresistas republicanos. Las Misiones Pedagógicas promovidas por Bartolomé Cossío y un grupo numeroso y valiosísimo de intelectuales constituyeron un precedente de la educación popular. Por todos los pueblos extendieron su acción llevando bibliotecas, teatro, reproducciones de obras de arte… El gran pedagogo, muerto en un largo exilio, Lorenzo Luzuriaga demostró en numerosos trabajos cómo el analfabetismo era, sin duda, una de las causas más perniciosas del retraso español.


c. La Guerra Civil:


En febrero de 1937 se crearon las Milicias de la Cultura para mantener en los frentes clases de alfabetización, bibliotecas, conferencias, recitales. En estos trágicos años se crearon propuestas innovadoras en la educación de adultos: Institutos para Obreros; las Brigadas contra el analfabetismo en la retaguardia; Ateneos Libertarios; Politécnico Obrero…



d. 1939-1975


El largo periodo de la Dictadura legisló sobre alfabetización en repetidas ocasiones. La Ley de 1945 estableció la obligatoriedad de la asistencia a clase de los adultos que no posean el Certificado de Estudios Primarios. Volvieron las Misiones Pedagógicas, aunque adoptaron un carácter confesional y sirvieron para desarrollar un aparato al servicio del poder.

El 10 de marzo de 1950 se creó la Junta Nacional contra el Analfabetismo.

En 1963 comenzó la Campaña Nacional de Alfabetización creándose 5000 escuelas especiales para adultos.


En 1964 se inició el Programa de Promoción Profesional Obrera.

En 1973 se ordenó el final de de la Campaña de Alfabetización, considerando que el país había alcanzado las cotas mínimas exigidas por los organismos internacionales. De todas formas, el Ministerio idea el programa de Educación Permanente de Adultos.

Ramón Flecha, Fernando López y Raquel Saco (1999 ) caracterizan este modelo franquista con las siguientes señas de identidad: el analfabetismo es una lacra popular; falsificación de los resultados estadísticos; paternalismo estatal; concienciación ideológica; dependencia de la enseñanza de niños; materiales ideologizantes e infantiles; subordinación de la mujer.


e. 1975-1982


Los años finales del franquismo y los inicios de la transición política no resultaron especialmente gratos para la implantación de la EPA que se desarrolló mediante el establecimiento de clases extraordinarias al término de la jornada lectiva impartidas por los mismos maestros que durante el día habían dado las clases a los niños, pero también se configuraron aulas, círculos y centros específicos.


Entre las experiencias más interesantes que se iniciaron en este periodo debemos referirnos a: las Escuelas Campesinas; las Universidades Populares; las Escuelas Populares; la Coordinadora de Escuelas de Adultos de Catalunya; la FAEA; la FEPAM, también numerosas entidades sociales comenzaron a desarrollar sus actividades en el mundo de la educación permanente.


f. 1982-1990


Se creo la Dirección General de Promoción Educativa. Se diseñó y se publicó el llamado “Libro Blanco para la educación de personas adultas” de 1986 que promovía entre otras cuestiones los proyectos de base territorial. Finalmente la educación de adultos quedó concernida a un título de la Ley Orgánica de Educación de 1990, garantizando la formación básica, la educación para el desarrollo personal y la participación y la educación profesional.


LA ACTUALIDAD


El desarrollo de las Autonomías ha visto cómo en muchas de ellas se han aprobado leyes de educación de personas adultas. Igualmente se ha implantado la educación secundaria para personas adultas, pruebas de acceso a ciclos formativos, a la Universidad, cursos para la mejora de empleo y la formación ocupacional, propuestas de educación no formal. Pero también se ha resentido de un modelo curricular que ha ido tendiendo cada vez más a la reproducción escolar frente a experiencias que apuestan por la innovación, basándose en principios de la educación popular, del desarrollo comunitario, de paradigmas críticos.